La seguridad
y salud en el trabajo, previniendo
sucesos que afecten la salud de los trabajadores.
El
accidente de trabajo en Colombia se debe notificar (obligatoriamente). En el
caso del accidente fatal, la notificación en los siguientes dos (2) días a la
ocurrencia del evento a través del Formato Único de Reporte de Accidente de
Trabajo (FURAT) arroja información insuficiente frente a las consecuencias de
este tipo de accidente en la víctima y en su entorno familiar, laboral y por
qué no, en la sociedad en general.
La seguridad social y la promoción de salud y seguridad en el
trabajo ha evolucionada atreves del sistema general de riesgos profesionales,
algunas leyes enfocadas es ente tema son:
La Ley 9ª de
1979: en la cual se establecieron las condiciones para preservar,
Conservar la
salud de los individuos en los sitios de trabajo y en sus ocupaciones.
Decreto Ley
1295 de 1994: por el cual se determinó la organización y administración del Sistema
General de Riesgos Profesionales con el fin de prevenir, proteger y atender a
los trabajadores de los efectos de las enfermedades profesionales y los
accidentes de trabajo.
RESPONSABILIDAD EN EL ACCIDENTE MORTAL EN EL TRABAJO.
En el Sistema
General de Riesgos Profesionales el empleador es el responsable de la salud de los trabajadores de la
empresa, también de la higiene y seguridad en los puestos de trabajo.
Para determinar
el tipo de responsabilidad del empleador en un accidente mortal, es
Necesario
determinar las características de cada una, como son:
La
responsabilidad laboral: es la que surge del contrato de trabajo y por la cual
los trabajadores están protegidos de los sucesos catastróficos que sucedan en
el trabajo, reconociendo promoción, prevención, prestaciones económicas y
asistenciales por accidentes de trabajo y enfermedad profesional.
-Es una responsabilidad
delegada por el empleador a una ARP, mediante el pago de la cotización mensual.
-El monto de indemnización
es tarifado (la ley tiene ya establecido el pago de las prestaciones).
-Los derechos o
beneficios al trabajador como consecuencia del accidente de trabajo se concretan
en prestaciones económicas y asistenciales.
-Las mesadas
pensionales prescriben en tres años, las demás prestaciones prescriben en el término
de un año.
Responsabilidad civil: Es el pago de una indemnización de
daños o perjuicios al trabajador, cuando por culpa del empleador se
causa o se presenta un accidente
de trabajo o enfermedad
profesional.
- Surge
de la relación laboral contractual y la obligación de indemnizar al trabajador
por los perjuicios causados por el accidente de trabajo, conforme al artículo
216 del Código Sustantivo del Trabajo para el sector privado y al artículo
86 del Código Contencioso
Administrativo para el sector público.
- Responsabilidad
asumida directamente por la empresa.
- El
monto de los daños no se encuentra tarifado y depende de los perjuicios
causados al trabajador o a sus beneficiaros.
- Los
perjuicios o daños causados al trabajador pueden ser materiales, morales o
fisiológicos.
- Con
el pago en dinero se pretende remediar el daño o perjuicio moral causado (hasta
1.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes).
- El
proceso de demanda se realiza ante la
Justicia
Laboral Ordinaria.
- La
acción de reparación plena y ordinaria de perjuicios es a partir de la fecha
del fallecimiento del trabajador.
RESPONSABILIDAD PENAL:
Al presentarse
un accidente de trabajo por culpa del empleador, surge de parte del causante del
delito, una responsabilidad penal por las lesiones o el homicidio del trabajador.
La responsabilidad
penal, es asumida directamente por el causante del accidente mortal, llámese
gerente, jefe inmediato, compañero de trabajo o supervisor, quienes pueden ser
privados de su libertad como consecuencia de un proceso penal por homicidio.
- Responsabilidad
asumida por el causante del hecho punible.
- En el caso de
culpa en el Accidente de Trabajo, el empleador puede estar incurriendo en
hechos punibles (delito) que se paga en casos con prisión.
- Las penas
establecidas para este tipo de delito son: prisión, arresto o multa, retención domiciliaria,
pérdida del empleo público, interdicción de derecho, entre otros.
- El hecho
punible puede ser realizado por acción u omisión.
- El proceso
penal se desarrolla ante la Fiscalía y el Juez Penal correspondiente.
- Clase
de delitos: homicidio culposo, doloso, preterintencional.
ADMINISTRATIVA: La vigilancia y control en salud ocupacional y el Sistema General de Riesgos Profesionales es ejercida por
entidades como el Ministerio de
la Protección Social, la
Superintendencia Bancaria y la Superintendencia
Nacional de Salud. El empleador
responde con multas o cierre de la
empresa por el incumplimiento de las normas
ante las autoridades administrativas.
- La multa es a
favor del Fondo de Riesgos Profesionales y es establecida en el artículo 91 del
Decreto 1295 de 1994 y en el artículo 115 del decreto 2150 de 1995.
- Existen
multas o sanciones para el empleador.
- El Ministerio
de la Protección Social, ejerce la vigilancia y el control de las actividades
de prevención y promoción que desarrollan las administradoras de riesgos
profesionales.
- La
Superintendencia Nacional de Salud ejerce la vigilancia y el control sobre la
prestación de servicios de salud (IPS, EPS).
- La dilatación
del pago de prestaciones económicas concierne a la Superintendencia
Bancaria.
SISTEMA DE VIGILANCIA DEL ACCIDENTE MORTAL OCUPACIONAL
La recolección sistemática,
el análisis y la interpretación de información de eventos, importante para la planeación,
implantación y evaluación de la práctica de salud pública.
Siendo un
proceso lógico y práctico de evaluación permanente sobre condiciones de salud o
de riesgo de un grupo humano, permite que la información resultante sirva como material
para tomar decisiones de intervención,
prevención y reducción de la
Probabilidad de
que sucedan factores que puedan causar enfermedad o muerte.
La salud ocupacional en Colombia, ha contemplado los Sistemas de
Vigilancia Epidemiológica, como procedimientos indispensables que deben estar
presentes en todo que hacer en beneficio de la seguridad y la salud en el
trabajo.
La atención en los agentes causantes y la prevención de comportamientos
inseguros tanto por la empresa como por el trabajador, así como la vigilancia y
control, se convierten en actores principales de la vigilancia del accidente
mortal ocupacional.
Reporte de Accidente de Trabajo El empleador debe reportar a la Empresa Promotora
de Salud y a la Administradora
de Riesgos Profesionales, mediante los formatos de reporte de Accidente de trabajo, en los dos días hábiles siguientes a la
ocurrencia del evento.
Investigación se hace Cuando
el trabajador fallece como consecuencia de Accidente de Trabajo o Enfermedad
Profesional, el empleador conjuntamente con el Comité Paritario de Salud
Ocupacional o Vigía Ocupacional, en los siguientes 15 días calendario a
la ocurrencia del evento, debe adelantar investigación para determinar
las causas y remitir el informe a la Administradora de Riesgos
Profesionales.
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